BOE 1-05-2020
Bando salidas 2 de Mayopor Ayto Urrea de Gaén |
Por orden del Señor Alcalde:
Se recuerda, como sabéis, a partir de mañana sábado 2 de mayo se autorizan paseos y actividades deportivas , desplazamiento individual para realizar actividades en los huertos, siempre que se hallen en el mismo término municipal al del domicilio, o en uno adyacente al mismo.
Como se indica hoy el BOE Orden SND/380/2020, de 30 de abril, sobre las condiciones en las que se puede realizar actividad física no profesional al aire libre durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en la que se precisan todos los detalles.
A modo de resumen, estos son los aspectos más destacados:
Las personas, pueden circular por las vías o espacios de uso público para la práctica de las actividades físicas al aire libre no profesionales, una vez al día (deporte individual que no requiera contacto con terceros y paseos). En el caso de los menores deberán ir debidamente acompañados.
No lo podrán hacer las personas que presenten síntomas o estén en aislamiento domiciliario debido a un diagnóstico por COVID-19, o en período de cuarentena domiciliaria.
Los paseos se realizarán con una distancia no superior a un kilómetro con respecto al domicilio. Durante los paseos se podrá salir acompañado de una sola persona conviviente. No obstante, aquellas personas que por necesidad tengan que salir acompañadas podrán hacerlo también por una persona empleada de hogar a cargo o persona cuidadora habitual.
La práctica del deporte individual ésta permitida dentro del municipio donde se reside, sin restricción de distancia al domicilio.
No se podrá hacer uso de vehículo motorizado o del transporte público para desplazarse a vías o espacios de uso público con el fin de practicar la actividad física.
IMPORTANTE: en las Entidades Locales con población igual o inferior a 5.000 habitantes, como es el caso de Urrea de Gaén, la práctica de las actividades permitidas se podrá llevar a cabo entre las 6:00 horas y las 23:00 horas.
El BOE publica en su edición de hoy la Orden SND/381/2020, de 30 de abril, por la que se permite la realización de actividades no profesionales de cuidado y recolección de producciones agrícolas.
Se autoriza el desplazamiento individual para realizar actividades en los huertos, siempre que se hallen en el mismo término municipal al del domicilio, o en uno adyacente al mismo.
Cód. Validación: 6FKPP3HA2TR526DLLFMX5WWFQ | Verificación: https://urreadegaen.sedelectronica.es/
Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 2
PEDRO JOAQUIN LAFAJA SESÉ (1 de 1)
ALCALDE
Fecha Firma: 01/05/2020
HASH: 5c10e35b75eaa1b8cbbd9a2610654bc3
El requisito de proximidad podrá exceptuarse en situación de necesidad (cuidado y alimentación de animales, y huertos de autoconsumo imprescindible para subsistir)
El desarrollo de los trabajos se realizará de forma individual, salvo que se acompañe a personas con discapacidad, menores, mayores, o por otra causa justificada, y por el tiempo indispensable.
En Urrea de Gaén, a 1 de mayo de 2020,
El Alcalde,
Fdo. Joaquín Lafaja
Se recuerda, como sabéis, a partir de mañana sábado 2 de mayo se autorizan paseos y actividades deportivas , desplazamiento individual para realizar actividades en los huertos, siempre que se hallen en el mismo término municipal al del domicilio, o en uno adyacente al mismo.
Como se indica hoy el BOE Orden SND/380/2020, de 30 de abril, sobre las condiciones en las que se puede realizar actividad física no profesional al aire libre durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en la que se precisan todos los detalles.
A modo de resumen, estos son los aspectos más destacados:
Las personas, pueden circular por las vías o espacios de uso público para la práctica de las actividades físicas al aire libre no profesionales, una vez al día (deporte individual que no requiera contacto con terceros y paseos). En el caso de los menores deberán ir debidamente acompañados.
No lo podrán hacer las personas que presenten síntomas o estén en aislamiento domiciliario debido a un diagnóstico por COVID-19, o en período de cuarentena domiciliaria.
Los paseos se realizarán con una distancia no superior a un kilómetro con respecto al domicilio. Durante los paseos se podrá salir acompañado de una sola persona conviviente. No obstante, aquellas personas que por necesidad tengan que salir acompañadas podrán hacerlo también por una persona empleada de hogar a cargo o persona cuidadora habitual.
La práctica del deporte individual ésta permitida dentro del municipio donde se reside, sin restricción de distancia al domicilio.
No se podrá hacer uso de vehículo motorizado o del transporte público para desplazarse a vías o espacios de uso público con el fin de practicar la actividad física.
IMPORTANTE: en las Entidades Locales con población igual o inferior a 5.000 habitantes, como es el caso de Urrea de Gaén, la práctica de las actividades permitidas se podrá llevar a cabo entre las 6:00 horas y las 23:00 horas.
El BOE publica en su edición de hoy la Orden SND/381/2020, de 30 de abril, por la que se permite la realización de actividades no profesionales de cuidado y recolección de producciones agrícolas.
Se autoriza el desplazamiento individual para realizar actividades en los huertos, siempre que se hallen en el mismo término municipal al del domicilio, o en uno adyacente al mismo.
Cód. Validación: 6FKPP3HA2TR526DLLFMX5WWFQ | Verificación: https://urreadegaen.sedelectronica.es/
Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 2
PEDRO JOAQUIN LAFAJA SESÉ (1 de 1)
ALCALDE
Fecha Firma: 01/05/2020
HASH: 5c10e35b75eaa1b8cbbd9a2610654bc3
El requisito de proximidad podrá exceptuarse en situación de necesidad (cuidado y alimentación de animales, y huertos de autoconsumo imprescindible para subsistir)
El desarrollo de los trabajos se realizará de forma individual, salvo que se acompañe a personas con discapacidad, menores, mayores, o por otra causa justificada, y por el tiempo indispensable.
En Urrea de Gaén, a 1 de mayo de 2020,
El Alcalde,
Fdo. Joaquín Lafaja
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